LA REFORMA LABORAL ELIMINARÍA EL CONCEPTO DE HORAS EXTRAS: CÓMO ES EL «BANCO DE HORAS»
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El Gobierno impulsa una reforma laboral que flexibilizaría los tiempos de efectivización y la modalidad de pago, entre otros factores clave.
Detalles clave para la aplicación del «banco de horas»
La voluntariedad es indispensable para aplicar el nuevo régimen ya que el empleado tiene que estar de acuerdo en trabajar jornadas extendidas que luego verá compensadas, ya sea con días de descanso o jornadas más cortas (gracias a la «deuda de horas» que el empleador mantendría con el empleado).
Los trabajadores a tiempo parcial (media jornada o part-time) también se verían alcanzados por esta ley: no podrían acumular por jornada el mismo monto de horas que hay en una jornada mínima a tiempo completo, pero sí podrían pactar con sus empleadores. Los convenios colectivos de trabajo podrían retener el poder para fijar la cantidad de personal en esa modalidad en cada empresa.
El régimen no puede ser impuesto por el empleador, de lo contrario no sería un acuerdo entre partes.
Aún más a favor de las empresas es que el trabajador no recibirá una compensación monetaria equivalente al 50% o 100% del valor de su hora «estándar», sino un monto inferior.
En Grecia, donde este año se aprobó una modificación similar a la ley laboral, la jornada estándar del sector privado sigue siendo de 8 horas, pero puede extenderse a 13 si existe un acuerdo formal entre el empleador y su personal, y hay un tope anual para aplicar ese caso.
En Argentina, los acuerdos firmados entre empleado y empleador en el sector privado podrían quedar por encima de los términos acordados por los convenios colectivos de trabajo -lo que implicaría que el empresariado podría cambiar las reglas del mercado laboral «por usanza», sin negociar con los sindicatos.
