Lun. Dic 8th, 2025

LA ANMAT PROHIBIÓ LA VENTA DE UNA YERBA Y UN ACEITE DE OLIVA

Ambos productos carecían de la rotulación necesaria para su venta.

Un organismo de control prohibió la elaboración y comercialización de una marca de yerba y otra de aceite de oliva extra virgen, debido a que no cumplían los requisitos necesarios para su venta al público.

Se trata de la yerba «La Montañita», de Córdoba y del aceite «Chacras del Olivo», proveniente de La Rioja, ambas marcas definidas como ilegales por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat).

El objetivo de la medida, publicada en el Boletín Oficial, tiene que ver con «proteger la salud de los ciudadanos«, ya que las marcas no contaban ocn la rotulación y etiquetado necesarios en sus envases.

La norma, definida en la disposición 2879/2024 establece: «Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto: ‘Hierbas para infusión, marca La Montañita, Nombre de fantasía Producto Artesanal, Usillo, Poleo, Burrito, Cedrón, Baila Bien, Luyaba, San Isidro’, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal».

En cuanto al aceite de oliva, la medida quedó definida en la disposición 2880/2024, estableciendo la prohibición en «cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal».

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