Lun. Dic 8th, 2025

CONCEJAL ROLLHAISER ESTABLECER QUE PARA EL CASO DE RENOVACIÓN DEL CARNET DE CONDUCIR SE SUPRIME EL REQUISITO DEL GRUPO SANGUÍNEO.

Este proyecto de ordenanza fue presentado por la concejal MARÍA ELVIRA ROLLHAISER del
BLOQUE “FLORENTINA GÓMEZ MIRANDA” de la Unión Cívica Radical en el cual solicita ESTABLECER que para el caso de RENOVACIÓN del carnet de conducir se suprime el requisito del grupo sanguíneo, al considerarse innecesario ya que el grupo sanguíneo se especifica al momento de la SOLICITUD de otorgamiento de la licencia de conducir por primera vez.

AUTORÍA: MARÍA ELVIRA ROLLHAISER

VISTO: La difícil situación económica que venimos atravesando a nivel nacional, la cual no escapa a los habitantes de Juan José Castelli, y;

CONSIDERANDO:
Que, el Municipio se encuentra facultado para complementar la normativa provincial relacionada con el tránsito de personas y vehículos dentro del ejido municipal;
Que, en ejercicio de las atribuciones indicadas, resulta adecuado establecer recaudos específicos para la renovación de las licencias de conducir, siempre proyectando en mejorar las condiciones establecidas para la ciudadanía;
Que, en tal sentido, vemos la necesidad de reformar un apartado establecido para la renovación de los carnets de conducir, en vista de evitar trámites que perjudiquen el bolsillo de los ciudadanos de Juan José Castelli;
Que, el grupo sanguíneo y el factor RH de una persona no cambian en el transcurso de su vida, es una anomalía solicitar este dato a un especialista bioquímico cada vez que se requiera renovar la licencia;
Que, esto perjudica a los vecinos de la localidad ya que no sólo se vuelve un requisito tedioso cada vez que recurren a realizar este trámite, sino que además impacta en lo monetario debido al alto costo de las consultas médicas y/o al ilegal cobro del “plus médico”;
Que, es tarea de este Concejo Deliberante velar por los intereses y las demandas los habitantes de nuestra ciudad, en pos de mejorar la vida cotidiana de éstos;
Que, debido a que es responsabilidad del Municipio el otorgamiento de la emisión de carnets y sus respectivas renovaciones, se hace necesario el dictado del presente instrumento legal;
Que, en virtud de lo expresado.

POR ELLO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE JUAN JOSÉ CASTELLI – CHACO , SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1: ESTABLECER que para el caso de RENOVACIÓN del carnet de conducir se suprime el requisito del grupo sanguíneo, al considerarse innecesario ya que el grupo sanguíneo se especifica al momento de la SOLICITUD de otorgamiento de la licencia de conducir por primera vez.
ARTÍCULO 2: DETERMINAR que en lugar de solicitar este trámite con un especialista bioquímico, con la sola presentación de una fotocopia de DNI de la persona en cuestión y fotocopia de carnet de grupo sanguíneo otorgado por un centro médico (en caso de poseer) sean necesarios para otorgar la RENOVACIÓN de la licencia de conducir, además de los costos tributarios establecidos.
ARTÍCULO 3: SOLICITAR al Poder Ejecutivo Municipal que realice los cambios correspondientes en la normativa vigente, para que, a su vez, el área de Tránsito Municipal reemplace las fichas que se otorgan a los ciudadanos que desean realizar el trámite de RENOVACIÓN de su licencia de conducir.
ARTÍCULO 3: COMUNICAR al Ejecutivo Municipal y a quien compete, registrar, publicar, dar a quien corresponda y ARCHIVAR.-

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