
AFIP EXTIENDE PLAZO PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA DE GANANCIAS Y BIENES PERSONALES
La semana pasada el Congreso aprobó el paquete fiscal enviado por el Poder ejecutivo. Para el caso del Impuesto a las Ganancias, se restableció la cuarta categoría del tributo para los trabajadores en relación de dependencia.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció la extensión del plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas del impuesto a las Ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2023. Según la Resolución General N° 5521/2024, la nueva fecha límite será el próximo 30 de septiembre.
La obligación de presentar estas declaraciones aplica cuando el importe bruto de las rentas obtenidas en el año fiscal 2023 alcanza o supera los $ 15.917.863,58. Los contribuyentes pueden realizar esta gestión a través del «Régimen Simplificado» del Impuesto a las Ganancias, incluyendo
- Trabajadores en relación de dependencia, jubilados y/o pensionados.
- Actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.
- Socios de las sociedades cooperativas, que trabajen personalmente en la explotación, por los servicios prestados (incluyendo el retorno percibido)
Además, la AFIP también prorrogó el plazo para que los trabajadores presenten sus deducciones del impuesto a las Ganancias correspondientes al año 2023 hasta el 15 de julio de 2024, mediante el servicio «Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR».
Esta medida se enmarca en el contexto del reciente paquete fiscal que restableció la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias. La prórroga busca facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y asegurar que puedan realizar sus declaraciones de manera adecuada y en el tiempo establecido por la normativa vigente.