Lun. Dic 8th, 2025

SENTENCIA FIRME DEL STJ PARA CONDENAR A 17 AÑOS DE PRISIÓN A UN HOMBRE QUE ABUSÓ DE SUS HIJAS MENORES

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El Superior Tribunal de Justicia del Chaco dejó firme el fallo de la Cámara de Apelaciones y sentenció definitivamente a 17 años de prisión efectiva a César García por haber abusado sexualmente de su hija menor de edad en 2018.

La sentencia de la Cámara Primera estuvo a cargo de la jueza Natalia Kuray, y se dictó el pasado 8 de marzo de 2022. El juicio había comenzado el 20 de octubre de 2021 pero encontró serias demoras por procesos judiciales suspendidos y la pandemia.

 

De esta manera, la Justicia puso fin a las expectativas de la defensa de García respecto a su libertad. El hombre, que permanece detenido hace más de un año en la Comisaría Tercera de Fontana, fue denunciado por su propia hija de 11 años -en aquel entonces- en la oficina de asistencia a la víctima.

 

La causa había sido investigada por la Fiscalía Nº 4, a cargo de Jorge Cáceres Olivera. Tras la exposición de la menor, se solicitó una orden de restricción ante el Juzgado del Menor y la Familia Nº 6 para favorecer tanto a la menor como a su hermana, quien también habría sido víctima.

 

García fue imputado el 18 de octubre de 2018 bajo la carátula de «abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y la situación de convivencia». Cuando le tocó declarar, se negó.

 

Este jueves, los ministros Víctor Emilio del Río y Mario Alberto Modi rechazaron el recurso de casación interpuesto por el abogado de García, al considerar que la jueza Kuray «logró satisfacer las exigencias que requiere un acto jurisdiccional válido» y que «explicó metódica y comprensiblemente las razones que la condujeron a adoptar la conclusión condenatoria, exponiendo los argumentos en virtud de los cuales computó las pruebas que formaron su convicción».

 

En este sentido, el juez Del Río indicó que la defensa de García «no aportó argumentos convincentes ni señaló razones que pudieren hacer variar en beneficio del imputado la sanción decidida, lo cual permite calificar su embate como una mera disconformidad».

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