El nuevo organismo jurisdiccional funcionará sin atención al público ni a profesionales hasta el 5 de marzo, momento en que comenzará a funcionar de manera efectiva.
Desde esa fecha permanecerá en turno exclusivo durante seis meses para el ingreso de procesos, excepto el supuesto de continuidad de la competencia por conexidad previsto en el artículo 9 de la ley 2.950-M, donde deberá intervenir la jueza o juez que previno. Una vez cumplido este plazo el STJ evaluará si continúa o no el turno exclusivo a partir de las estadísticas recabadas por la Sala Primera en lo Civil, Comercial y Laboral.
El Juzgado NAF Nº 7 de Resistencia fue incluido en el Programa Proteger (tal lo dispuesto por la resolución 2.324/17) y seguirá en el orden de subrogancias al Juzgado NAF Nº 6 de dicha ciudad.