ANMAT PROHIBIÓ UN SUPLEMENTO DIETARIO PROMOCIONADO COMO «ANTICANCERÍGENO»
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De acuerdo con la ANMAT se trata de un producto ilegal y es por lo tanto potencialmente perjudicial para quienes lo consuman.
La prohibición dispuesta por la Anmat alcanza a cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento del producto vedado.
De acuerdo con ese organismo la prohibición se debe a que el producto en cuestión carece de registros sanitarios de establecimiento (RNE) y de producto (RNPA), por lo cual es considerado ilegal.
«Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina de acuerdo a lo normado por el Artículo 9°, inciso II de la Ley N° 18284», señala la Anmat.
Y concluye: «en atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y plataformas de venta en línea el citado producto».