EL DNU DE JAVIER MILEI ENTRÓ EN VIGENCIA: ALGUNOS CAMBIOS QUE IMPACTARÁN EN LA VIDA COTIDIANA
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Desde la medianoche de este viernes 29 de diciembre, entró en vigencia el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023. Este DNU, titulado «Bases para la reconstrucción de la Economía argentina«, fue presentado por Javier Milei y su equipo ministerial a través de una cadena nacional el pasado 20 de diciembre. A pesar de haber sido publicado en el Boletín Oficial en la madrugada del jueves 21, su aplicación se inició oficialmente hoy.
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La envergadura de esta iniciativa gubernamental busca la desregulación económica mediante la modificación y derogación de una gran cantidad de leyes. Entre las medidas propuestas se encuentran la eliminación de las leyes de Alquileres, de Tierras y de Abastecimiento, la flexibilización del mercado laboral y el inicio de procesos de privatización de empresas públicas. Estas propuestas están detalladas en los 366 artículos del documento de 83 páginas.

El siguiente paso para la implementación de estas reformas es el tratamiento del DNU por la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo del Congreso. Este organismo, conformado por ocho diputados y ocho senadores, emitirá un dictamen sobre el contenido y la forma del decreto, que luego deberá ser analizado y votado por ambas cámaras.
En esta fase, el DNU puede ser aceptado o rechazado por mayoría absoluta, sin posibilidad de introducir modificaciones. Si no es tratado por ninguna de las cámaras, permanecerá vigente.En caso de que una cámara lo apruebe y la otra lo rechace, la validez se mantendrá. Solo se anulará si es rechazado por ambas cámaras. Cabe destacar que la Corte Suprema de Justicia también puede intervenir, aunque su decisión no afectará la vigencia del DNU hasta entonces.
Anticipándose a posibles obstáculos, el Poder Ejecutivo incorporó el «megadecreto» en la Ley Ómnibus recientemente enviada al Congreso. El artículo 654 de este proyecto ratifica el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, proporcionando una vía alterna para la aprobación de las reformas en caso de que la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo rechace el decreto.
No obstante, La Libertad Avanza, aún necesita asegurar el respaldo mayoritario en ambas cámaras para la aprobación final. Tanto la Cámara de Diputados como el Senado pueden respaldar la ley en general y, al mismo tiempo, rechazar ciertos artículos, como es el caso del DNU.
El martes pasado, Milei sugirió la posibilidad de recurrir a una consulta popular en caso de que el Poder Legislativo rechace el decreto que contiene las reformas económicas fundamentales que su gobierno impulsa. Este escenario añadiría un nuevo elemento a la dinámica política en torno a estas medidas.
ALGUNAS DE LAS MODIFICACIONES DEL DECRETO DE MILEI
Registro Automotor:
-Antes: tramites presenciales, informes de dominio, registro provincial, 6 ventanillas y 8 impuestos.
-Ahora: Se eliminan impuesto a los sellos e informe de dominio.
No se podrán pedir libre deuda de multas y patentes, y verificación policial, título de propiedad y cédula digitales.
Góndolas:
-Antes: una empresa no podía tener más de 30% de la góndola y debía haber al menos 5 proveedores diferentes.
-Ahora: libertad de exhibición, señalización y ofertas.
Tarjetas de Crédito:
-Antes: había comisiones por comercio y rubro, con límites, y prohibición de informar a las bases de datos de antecedentes financieros personales de clientes.
El emisor debía ser una entidad financiera, comercial o bancaria.
-Ahora: negociación por comercio y por rubro, sin tope de comisión, sin límite por intereses punitorios.
El emisor puede ser una unidad de cualquier naturaleza.
Prepagas:
-Antes: topes de aumentos en las cuotas, aranceles mínimos y contratos regulados.
Los aportes pasaban por las obras sociales.
-Ahora: sin restricciones de preciso.
Los aportes van directo a la prepaga.
Medicamentos y recetas:
-Antes: receta médica papel, archivada por las farmacitas.
Orden con medicamento genérico y sugerencia de marca.
-Ahora: receta electrónica y plataformas de teleasistencia.
Orden con genérico pero sin sugerencia de nombres comerciales.
Recibo de sueldo:
-Antes: descuento de cuoatas y aportes a obras sociales.
-Ahora: sin descuentos de cuotas, aportes periódicos o contribuciones.
Alquileres:
-Antes: Ley de Alquileres, contratos en pesos, 3 años de duración, aumentos semestrales por el coeficientes «Casa Propia».
Registro en AFIP.
-Ahora: Código Civil y Comercial, contratos en moneda extranjera.
Actualización convenida entre las partes (o dos años).
Sin inscripción en AFIP.