REVES PARA LA BOLSA DE COMERCIO EN EL STJ DEL CHACO
En su análisis, el Tribunal consideró que el planteo de la Bolsa de Comercio buscaba interrumpir el trámite de otro proceso judicial en curso.

El Superior Tribunal de Justicia del Chaco desestimó in limine una acción de amparo presentada por la Bolsa de Comercio contra el embargo dispuesto, a pedido del municipio de Presidencia Roque Sáenz Peña.
La resolución fue dictada este miércoles 18 de marzo y lleva las firmas de los jueces Víctor Del Río, Iride Grillo, Alberto Modi, Emilia Valle y del presidente del tribunal, Néstor Varela.
La información da cuenta de que el máximo tribunal provincial adoptó la decisión, tras recibir el dictamen N° 318 de la Procuración General, que aconsejaba rechazar la presentación.
En ese marco, el STJ recordó la doctrina consolidada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que establece que la acción de amparo es un mecanismo excepcional, reservado para casos en los que no existan otras vías legales idóneas y se encuentren comprometidos derechos fundamentales, ante una arbitrariedad o ilegalidad manifiesta.
En su análisis, el Tribunal consideró que el planteo de la Bolsa de Comercio buscaba interrumpir el trámite de otro proceso judicial en curso, por mera disconformidad con la valoración del magistrado interviniente, lo que implicaría una revisión anormal de una causa ya en marcha.
Asimismo, los jueces señalaron que cualquier discrepancia con las decisiones adoptadas en el proceso principal (aun cuando se las considere arbitrarias), debe canalizarse a través de los recursos previstos por la ley, cuya finalidad es garantizar el control y eventual corrección de esas resoluciones.
En ese sentido, destacaron que la propia entidad reconoció haber recurrido a esas vías, lo que evidencia la existencia de mecanismos adecuados y, por lo tanto, excluye la procedencia del amparo conforme al artículo 2, inciso a), de la ley provincial 877-B.