LA JUSTICIA NACIONAL DEL TRABAJO SUSPENDIÓ PROVISIONALMENTE LOS ARTÍCULOS 2° Y 3° DEL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA (DNU) 340/2025, QUE LIMITABAN EL DERECHO A HUELGA EN ARGENTINA.
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Esta decisión responde a una acción de amparo presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT), que argumentó que el decreto violaba la división de poderes y la libertad sindical.
El DNU ampliaba la lista de actividades consideradas «esenciales», exigiendo una cobertura mínima del 50% al 75% durante medidas de fuerza, lo que, según la CGT, restringía severamente el ejercicio del derecho a huelga.
La medida cautelar estará vigente hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad del decreto