Mié. Dic 10th, 2025

EL GOBIERNO NACIONAL LIMITARÁ LOS VIAJES DE FUNCIONARIOS AL EXTERIOR PARA MODERAR EL GASTO PÚBLICO

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El Gobierno nacional decidió limitar los traslados de funcionarios a misiones oficiales en el exterior. A través de la Decisión Administrativa 836/2022 del Boletín Oficial, que lleva las firmas de Juan Manzur (jefe de Gabinete) y «Wado» de Pedro (ministro del Interior), se resolvió restringir la asistencia de eventos internacionales «cuya organización no contemple la posibilidad de participar» de manera virtual.

De esta forma, sólo se podrán autorizar «los traslados por misiones oficiales o comisiones de servicio al exterior, cualquiera fuera la fuente de financiamiento del gasto, a eventos internacionales reconocidos e impostergables para los intereses del Estado nacional cuya organización no contemple la posibilidad de participar adecuadamente mediante una plataforma de reunión virtual o software de videoconferencia».

«El funcionario o la funcionaria o autoridad peticionante deberá declarar, en carácter de declaración jurada, que el evento no cuenta con alternativas que permitan la intervención adecuada, a distancia», añade el texto de la normativa.

Se detalla además que «se priorizará la utilización de la vía más corta tanto a la ida como al regreso» -ya sea por ruta o aerolínea-. En caso de ser un vuelo, se privilegiará el uso de «aerolíneas bajo potestad del Estado Nacional». «Los pasajes deberán emitirse por una misma aerolínea, en ruta de ida y vuelta», indican.

Respecto a la cantidad de personas a las que se les permitirá formar parte del viaje, estará limitada a «un máximo de un funcionario o una funcionaria o una autoridad por cada evento o actividad internacional reconocido e impostergable».

Una vez finalizada la misión, «deberán enviar una Comunicación Oficial dirigida al Jefe o a la Jefa de Gabinete de Ministros adjuntando el formulario «Informe de Resultado de Gestión Internacional’» y presentar -en un período de cinco días- la fecha de llegada, la rendición de viáticos y de gastos de alojamiento correspondiente, de acuerdo con el formulario de «Declaración Jurada de Rendición de Viáticos y Gastos de Alojamiento».

En caso de no cumplir de no brindar esta información, se los intimará a regularizar su situación dentro de los diez días hábiles posteriores «bajo apercibimiento de iniciarse las actuaciones sumariales que pudieran corresponder».

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