Mié. May 20th, 2026

LA JUSTICIA ORDENA FRENAR LA DIFUSIÓN DE VIDEOS DE VIOLENCIA ESCOLAR EN CASTELLI

En la ciudad de Juan José Castelli, el Juzgado de Niñez, Adolescencia y Familia N°2 dictó una medida urgente para proteger a menores de edad involucrados en hechos de violencia escolar, ordenando el cese inmediato de la difusión de material audiovisual en redes sociales y medios de comunicación.

CEDULA MEDIOS DE COMUNICACION

La resolución fue firmada por la jueza Liliana Mabel Senger en el marco del expediente “Directora de la Escuela de Educación Secundaria N° 184 s/ medida autosatisfactiva” (Expte. N° 545/2026), tramitado en esa dependencia judicial.

 

Prohibición de difusión

 

El fallo establece la prohibición inmediata de publicar, compartir o viralizar imágenes, videos o audios relacionados con hechos de violencia protagonizados por alumnos de la Escuela de Educación Secundaria N° 184 “Gral. Martín Güemes”, así como cualquier contenido que permita identificar a niñas, niños y adolescentes involucrados.

 

La medida alcanza a redes sociales, servicios de mensajería, portales digitales, medios radiales y televisivos, bajo apercibimiento de sanciones legales en caso de incumplimiento.

 

Advertencia a la comunidad

 

En la resolución, la Justicia advierte que la difusión de este tipo de contenidos constituye una forma de violencia digital y una grave vulneración de derechos, especialmente en lo referido a la intimidad, la imagen y la dignidad de los menores.

 

Asimismo, se insta a la población a eliminar de manera definitiva cualquier material que circule en dispositivos electrónicos y a abstenerse de compartirlo, recordando que estas acciones pueden derivar en responsabilidades civiles y penales.

 

Difusión obligatoria de la medida

 

El Juzgado también ordenó que esta disposición sea difundida por medios de comunicación locales y regionales, con el objetivo de generar conciencia y prevenir nuevas situaciones de exposición indebida de menores.

 

La decisión se fundamenta en normas vigentes como la Ley Nacional 26.061 y la Ley Provincial 2086-C, así como en los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño, que establecen la obligación de proteger el interés superior de niñas, niños y adolescentes y evitar su revictimización.

 

La medida busca no solo frenar la circulación de contenido sensible, sino también promover una responsabilidad colectiva en el uso de las tecnologías y redes sociales dentro de la comunidad.

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