Vie. Dic 6th, 2024

SEGÚN LA JUSTICIA, AÍDA AYALA TUVO UN MANEJO DISCRECIONAL DEL DINERO DEL MUNICIPIO PARA FAVORECERSE

El Tribunal Oral Federal dio a conocer los fundamentos del fallo que condenó a la ex intendente de Resistencia.

La Justicia dio a conocer los fundamentos del fallo en la causa contra la ex intendente de Resistencia, Aída Ayala, Jacinto Sampayo y otros ex funcionarios y empresarios por hechos de corrupción.

Los jueces del Tribunal Oral Federal, Juan Manuel Iglesias, Enrique Jorge Bosch y Noemí Marta Berros, concluyeron que PIMP SA «gozó de un trato preferencial» y «laxo» en materia de control durante toda la intendencia de Ayala, en la que, solo durante el periodo 2014-2015, facturaron $ 39.163.150,2 sin demora de pago.

Según la sentencia, entre 2014 y 2015, la mayoría de los condenados participaron de las operaciones con PIMP SA, con prácticas societarias, como «socio aparente», «presta nombre» y «socio oculto». Las mismas eran avaladas por la Ley 19.550 de sociedades comerciales, pero se prohibieron en el 2018 con la Ley 27.444 de simplificación y desburocratización, que modificó el artículo 34 de la Ley General de Sociedades.

Ante esto, el tribunal mencionó que «esto no significa que los empresarios hayan estado habilitados para manipular situaciones ubicados detrás (ocultos) o incluso visiblemente en las distintas empresas, conforme a la conveniencia o al rédito dinerario posible de obtener, aun a costa de adecuar sus acciones en tipos delictivos».

En la sentencia, mencionaron los casos de empresas como TECMASA SA y RECIFIS SRL y de Pedro Alberto Martínez, Eulalio Alfredo Bouza y Alfonso José Campitelli, quienes conformaban una especie de consorcio empresarial no declarado pero que funcionaba como tal.

Expusieron que PIMP SA era «carente de la más mínima infraestructura operativa para llevar adelante un contrato como el que la Municipalidad de Resistencia le adjudicó, pero si conformada por sujetos con una insaciable y voraz vocación para la obtención de fondos dinerarios».

El TOF expuso que PIMP SA se aseguró que sus aportes no se vieran comprometidos en el caso de quedar expuesta como una empresa sin capital propio y con inversiones a nombre de otros empresarios. Su acción les permitió continuar con sus operaciones sin inconvenientes, con procedimientos sumarios y otras soluciones que les permitían mantener su flujo operativo.

PIMP SA, según los fundamentos, recibió un trato preferencial que les permitió sortear exigencias documentales y operativas que otras empresas no pudieron cumplir, como el caso de LUSA, que desistió de participar en licitaciones debido a la sobrecarga de requerimientos documentales.

Los jueces destacaron que sobre PIMP SA no regía un control riguroso, permitiéndoles omitir varias obligaciones como el pago de aportes patronales, lo que fue denunciado por el personal de la Cooperativa Las Palmeras. Mencionaron que las certificaciones por la prestación de servicios se emitieron regularmente y que los pagos por parte de la Municipalidad se realizaron sin contratiempos.

En cuanto a Aída Ayala, el TOF dijo que la ex intendente tuvo un manejo «discrecional y hasta puede decirse indiscriminadamente» de los recursos financieros, haciendo uso de su situación de «privilegio» para influir en el «favorecimiento» a un grupo selecto de empresarios.

«No es difícil concluir que, expuestos como quedaban los recursos tributarios propios de la municipalidad a manejos tan arbitrarios, el deterioro del erario era una consecuencia directa de la desproporción que significaba pagar por servicios deficientes y peor aún, sin el menor gesto para corregirlos«, argumentaron.

Además, los jueces destacaron que Ayala construyó su fuerza dentro del escenario municipal, «direccionando parte de su gestión hacia arreglos forzados e irregulares», pero beneficiosos para ella y su círculo íntimo.

Monica Centurión y Jacinto Sampayo.

Sobre Jacinto Sampayo, el fiscal de la causa lo tildó como un secretario general «casi vitalicio» del sindicato de empleados municipales, al mismo nivel de poder y decisiones que Ayala. A pesar de eso, los jueces no encontraron pruebas de que Sampayo estaba en los «mismos negocios» que la ex intendente, pero reconocieron que era una persona influente en la municipalidad y capaz de presionar por determinados intereses.

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